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Ya están disponibles tres nuevas medidas tributarias para apoyar a las pymes ante la emergencia sanitaria.
Se trata de la devolución del saldo del crédito del IVA, la reducción temporal del tipo de interés moratorio y la posibilidad de diferir el pago del IVA en 6 o 12 cuotas.
Con el fin de brindar nuevos apoyos, especialmente a las pequeñas empresas afectadas por las consecuencias económicas de la emergencia sanitaria, El 1 de julio entraron en vigor 3 nuevas medidas tributarias, correspondientes a la devolución del crédito fiscal remanente del IVA y la reducción temporal de la tasa de interés penal incluida en la Ley N° 21.353 y la posibilidad de diferir el pago del IVA en 6 o 12 Cuotas establecidas por Decreto N° 997 del Ministerio de Hacienda.
1 reembolso del crédito de IVA restante
Empresas que cumplan con los requisitos para acogerse al régimen Propyme o Propyme transparente y que en al menos dos meses, de forma continua o discontinua, entre el 1 y el 1º se beneficien. mayo de 2021. Estas empresas están obligadas a informar en su planilla de impuesto sobre las ventas de junio de 2021 (período fiscal mayo) cualquier impuesto sobre las ventas residual generado por las operaciones entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021; presentó la declaración del IVA en el mes en que se realiza la solicitud; y tener buen historial fiscal, es decir haber presentado el Modelo 29 en los últimos 36 períodos impositivos, las operaciones de compra que generaron el IVA remanente deben ser inscritas en el Registro de Compras y Ventas y no deben mantener obligación tributaria salvo que cumplan con un convenio de pago con el Tesorería General de la República.
Este beneficio solo se puede reclamar una vez hasta el 30 de septiembre.
Accede paso a paso AQUÍ
2 Reducción temporal del tipo de interés moratorio
Consiste en dar acceso a los contribuyentes del régimen ProPyme a una reducción temporal a cero de la tasa de interés moratoria aplicada a las remesas de impuestos o contribuciones pagadas fuera de plazo. El valor normal de la tasa es del 1,5% mensual.
Este beneficio aplica automáticamente a los contribuyentes del régimen Propyme para las determinaciones tributarias emitidas del 1 de julio al 31 de diciembre de 2021.
3 Aplazamiento del pago del IVA en 6 o 12 cuotas
Paralelamente, las pymes que cumplan con los requisitos podrán diferir el IVA para pagarlo en 6 o 12 cuotas mensuales iguales y reajustadas entre los meses de julio y diciembre. En concreto, la empresa puede diferir el impuesto sobre las ventas del mes, las letras de cambio emitidas con motivo de la bonificación por diferimiento del impuesto sobre las ventas en 3 meses, cuyo vencimiento es en los meses de julio, agosto y septiembre, así como las cuotas de la asignación por diferimiento que ha dispuesto en 2020.
Las cuotas aplazadas se pagarán a partir de octubre de 2021 mediante el modelo 29 de IVA y las empresas que cumplan con los requisitos para acogerse a ProPyme y Régimen Transparente ProPyme podrán acceder a este beneficio optando por el pago en 12 cuotas. Aquellos cuyos ingresos superen los requisitos para estos programas pero sean inferiores a UF350.000 anuales pueden acceder al aplazamiento de pago de 6 meses.
En ambos casos, deberán registrar una disminución en sus ingresos de al menos un 20% en el periodo de enero a marzo de 2021 con respecto a los mismos meses de 2019.
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Obtenga más información sobre los siguientes beneficios para las pymes en 2021:
- Bono adicional Pymes
- prima y pago de prima
Fuente Sii.cl
Para más información:
Comuníquese con la Mesa de Ayuda del SII al 22 395 1115 o al 22 395 1000