Se adelanta pago de la Sexta y Séptima cuota del Seguro de Cesantía

La Superintendencia instruye a la AFC a realizar anticipos de los giros sexto y séptimo.

Luego de recibir instrucciones de la Autoridad de Pensiones el viernes pasado para agilizar el pago de beneficios y facilitar el acceso a los beneficios del seguro de desempleo, el Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) informó a la autoridad de control que cambiará el calendario de pago de las letras de cambio Sexta y séptima del seguro de desempleo, que beneficia a los trabajadores cuyos contratos se encuentran suspendidos temporalmente.

Fechas de pago del seguro de desempleo

En este contexto, la AFC notificó ayer a la autoridad de control nuevas fechas de pago y finalmente las determinó Jueves 22 de octubre se paga el sexto giro y el Los pagos del séptimo giro están programados para noviembre, de acuerdo con el programa salarial original del empleado. Es decir, por ejemplo, si una persona recibió su quinto borrador el 25 de septiembre, recibirá su sexto borrador el 22 de octubre, y el séptimo borrador debe crearse el próximo viernes 23 de noviembre.

La Ley N° 21.263, aprobada por el Congreso en septiembre pasado, relaja temporalmente los requisitos para acceder al seguro de desempleo y aumenta el nivel de sus beneficios, además de mejorar los beneficios de la Ley N° 21.227 de Seguridad y Salud en el Trabajo. Por tanto, contempla una mejora en las prestaciones financiadas tanto por la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) como por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Para hacer esto, está elevando las tasas actuales de reemplazo de seguros, aumentando los límites mínimos y máximos pagaderos al recibir fondos de FCS y agregando dos pagos mensuales para los trabajadores temporales que reciben beneficios de FCS.

De acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Supremos N° 1.434 y N° 1.578 de 2020, ambos del Ministerio de Hacienda, las rondas sexta y séptima de seguro equivalen al 45% de los ingresos promedio del empleado, con un máximo de $419,757 y un mínimo de $225,000. Los trabajadores a término fijo pueden recibir este beneficio, independientemente de si tienen un contrato indefinido o de duración determinada.

Conoce todos los detalles de la nueva planilla de pago del seguro de desempleo 2020


Para más información:

AFC.cl

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o para 2 2353 6200

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