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Bono de Tratamiento de Usuario 2020
Ley 20.646, sancionada en 2012, otorga una asignación relacionada con el mejoramiento del trato a los usuarios para los funcionarios pertenecientes a las operaciones técnicas, administrativas y auxiliares de las instituciones de salud.
Se relacionan con las instituciones de salud dependientes de las Secretarías de Salud y de la Comunidad, las siguientes; Dependencias de servicios de salud, hospitales, institutos, centros de diagnóstico terapéutico, centros de referencia en salud, centros de salud, clínicas y centros de salud familiar, así como las direcciones de los servicios de salud, en las que se incluyen las direcciones de atención primaria.
¿Qué funcionarios reciben el premio Buen Trato con los Usuarios 2020?
Lo reciben aquellos trabajadores que laboran en los servicios mejor calificados para brindar una buena atención.
En el caso de los servicios municipales, se paga a los servidores públicos previstos en el estatuto de servicios básicos municipales, y para los empleados dependientes del Ministerio de Salud, se paga además del personal de planta a los servidores públicos pertenecientes a las áreas técnicas, administrativas y auxiliares. servicios. de puestos de gestión de carrera que no reciban un encargo profesional o un encargo especial por la posesión de un título de especialista.
¿Cómo se califica?
A través de una herramienta de evaluación a ser definida por la Subsecretaría de Redes de Apoyo previo informe de un Comité Técnico.
Esta herramienta podrá actualizarse después de dos años de uso y deberá incluir la aplicación de una encuesta de percepción de los usuarios. La encuesta se realiza entre los usuarios mayores de 15 años que han sido atendidos en las instalaciones.
Debido a la pandemia, en 2020 no se realizó la medición anual en establecimientos hospitalarios y dispositivos de APS, por lo que se retuvieron los resultados de la última encuesta para la entrega del bono.
evaluación de resultados
Las empresas municipales están ordenadas de mejor a peor. Lo mismo ocurrirá en los servicios dependientes del Ministerio de Salud.
El 33% de los que logran los mejores resultados en cada categoría, a nivel municipal y dependiendo del departamento, se incluyen en el apartado de destacados. Luego se identifica el 33% que logró resultados medios, y finalmente el tercero, que logró los peores resultados.
¿Cómo sé si soy elegible para el Bono de Tratamiento de Usuario?
Los establecimientos comunitarios de atención primaria de la salud deben tener al menos una puntuación de 65% o equivalente al medir el trato al usuario. El mismo procedimiento se realiza en los integrantes del Ministerio de Salud. Si dos o más establecimientos están empatados, existe un desempate dependiendo de la vulnerabilidad de la población a la que atienden, la ruralidad de la población u otros definidos por reglamento.
¿Cuándo se realiza la encuesta?
La solicitud de la encuesta se puede realizar hasta el 15 de septiembre de cada año.
¿No pudiste completar la encuesta?
La calificación podrá ser suspendida en una o más instalaciones en caso de alerta sanitaria, imprevistos por desastres, daños a la infraestructura de la instalación o actos de terrorismo que impidan o afecten gravemente su capacidad de atención a los usuarios.
Si una empresa no fue evaluada por las razones mencionadas, permanece en la sección del año anterior.
Monto de la Asignación de Buen Trato al Usuario 2020, ¿cuándo se pagará?
Para proceder al pago de la asignación, la Subsecretaría de Redes de Apoyo, mediante resolución de exención aprobada por la Dirección de Presupuesto, establecerá un listado con las entidades correspondientes en orden descendente en tres niveles de acuerdo al puntaje obtenido aplicando la herramienta de evaluación. previsto en el artículo 3 de la Ley 20.646.
La participación se paga en una sola cuota como máximo junto con la retribución del mes de noviembre de cada año. Este año 2020 el pago se realizó el 27 de noviembre.
El usuario de trato de bonificación de valor 2020
Este viernes 4 de diciembre se formalizó un convenio para pagar a los funcionarios de salud la diferencia de la cuota número 1 del bono de atención al usuario, beneficiando a los trabajadores que se encuentran en las cuotas 2 y 3.
La iniciativa se incluirá en la Ley de Ajuste del Sector Público.
En respuesta a las solicitudes de los funcionarios de salud, el Departamento de Salud ha tomado medidas para garantizar que todos los funcionarios reciban el pago del Tramo Número 1 por iniciativa del Poder Ejecutivo.
El valor del pedido corresponde a una jornada laboral máxima de 44 horas semanales y es proporcional a las horas contratadas.
Importe de la bonificación de trato de usuario año 2018:
TRAMO 1: $312.528.-
TRAMO 2: $232.864.-
TRAMO 3: $153.201.-
Importante
Los funcionarios calificados en el Anejo 3 (Condicional) o Anejo 4 (Retiro) en el período de calificación inmediatamente anterior a la fecha de pago de la asignación no tendrán derecho a recibir la atribución establecida por esta Ley. Empleados que tengan ausentismo injustificado de acuerdo con establecido en la ley nro. 18.834 de Ley Administrativa, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue establecido por el Decreto Legislativo N° 29 del Ministerio de Hacienda de 2005 en los once meses anteriores al pago de la asignación.
En el caso de los funcionarios que hayan hecho uso de un permiso a título gratuito en los once meses anteriores al pago del subsidio, éste se abonará en proporción a los meses completos realmente trabajados.
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