
Sin duda el bono de marzo Es un alivio para el bolsillo de los miles de chilenos que esperan con ansias el aporte que adelantará el pago de la segunda quincena de febrero para este año 2022, además de aumentar el monto.
A pesar de que el Bono de Marzo se pagó hace 7 años, cada año surgen muchas dudas con respecto a la aportación y por eso hemos hecho una lista de Preguntas Frecuentes del Bono de Marzo 2022.
Tabla de contenido
Sobre los beneficiarios del Bono Marzo 2022:
¿Quién tiene derecho al aporte familiar permanente 2022?
el Beneficiarios del bono marzo 2022 Se dividen en 2 grupos A y B:
quien los recibe Asignación familiar o asignación familiar o de madre al 31 de diciembre de 2021Elegible para el Bono Marzo 2022 y pertenecer al Grupo A de Beneficiarios.
Por su parte, los del Grupo B son los que pertenecen al 31 de diciembre de 2021 Chile Solidario o al subsistema Chile Valores y Oportunidades del Ingreso Ético FamiliarTambién recibirás el bono de marzo de 2022.
Recuerda, si perteneces a ambos grupos, la cantidad no se suma, sino que se considera la más conveniente.
¿Cómo sé si soy beneficiario del Bono Marzo 2022?
A partir del 15 de febrero, el primer grupo de beneficiarios puede consultar B.ono marzo 2022 RUT y fecha de nacimiento.
Consulta AQUÍ si eres beneficiario del aporte familiar 2022
Si el empleador no ha pagado la asignación familiar al 31 de diciembre de 2021, ¿pierdo el beneficio si cumplo con los requisitos restantes?
No, puedes obtener el bono de marzo de 2022 cuando la situación vuelva a la normalidad. Para ello, deberá solicitar a su empleador el pago de las asignaciones familiares y que Previred las pague retroactivamente.
Recuerda que si concertas el pago de las mesadas con tu empleador, tienes un año a partir de la fecha de pago de la cotización para reclamar el bono de marzo de 2022.
¿Qué pasa si tenía motivos de asignación familiar al 31 de diciembre de 2021, puedo aprobar los cargos de forma retroactiva?
Sí, puede resolver retroactivamente esta situación directamente con su entidad administradora, es decir: pagador de pensiones, caja de compensación, IPS, administradora de fondo de cesantía, servicio público o municipio empleador, dependiendo de su condición de beneficiario.
¿Puede una mujer recibir el bono de marzo de 2022 si el subsidio de maternidad se otorgó después de diciembre de 2021 pero el embarazo comenzó antes?
Sí se puede, recuerda que la prestación por maternidad se concede a partir del quinto mes de embarazo pero se abona de forma retroactiva durante todo el embarazo.
Recuerda que para poder cobrar la cotización debes comunicar a la Inspección de la Seguridad Social la vigencia de la prestación.
Sobre el pago del bono de marzo de 2022:
¿Cuál es la fecha de pago del bono de marzo de 2022?
El pago de la contribución familiar comenzará el 15 de febrero.
¿Cuál es el monto a pagar por el bono de marzo de 2022?
Para este año 2022 se estima que el monto será mayor a $50,000 y se distribuirá según el tipo de beneficiario.
¿Cómo puedo cambiar la forma de pago del bono de marzo?
Si no reclama su bono de marzo de 2022 en el cuenta rutinariaPuede realizar el cambio en el siguiente enlace: Bono por cambio de método de pago marzo 2022 pero solo para los beneficiarios de la tercera nómina (que se entregará a partir de marzo).
Ten en cuenta que el cambio debe hacerse anualmente si no quieres que se abone automáticamente en tu cuenta Rut.
¿Cuándo puedo disputar el bono de marzo de 2022?
Después de que se haya publicado la segunda lista de beneficiarios, puede reclamar el beneficio si cree que cumple con todos los requisitos y no fue beneficiario o que sus contaminadores le pagaron menos de lo que le debían.
Paso a paso para disputar el bono de marzo
¿Cuál es la fecha límite para cobrar el bono de marzo de 2022?
Tienes 9 meses desde la fecha de emisión del comprobante de pago para realizar el cobro, es decir, hasta noviembre de 2022.
¿Quién cobra el bono de marzo 2022 si el beneficiario del subsidio familiar no vive con sus cargas?
La ley siempre favorece a la madre, que vive con sus hijos, para efectos de recibir directamente la asignación familiar, aún sin el conocimiento o consentimiento del beneficiario que la domicilia. Es decir, el beneficiario tiene la obligación legal de entregar el dinero a quien tenga derecho a alimentos con el mismo objeto de las asignaciones familiares.
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Para más información:
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