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Beneficiarios de desempeño laboral 2022 según Ley 21.109
Los auxiliares docentes que laboren en instituciones educativas dependientes de los servicios educativos públicos locales regulados por el Decreto Legislativo N° 2 de 1998 del Ministerio de Educación y los regulados por el Decreto Legislativo N° 3.166 de 1980 que cuenten con contrato vigente al 31 de agosto de cada año puede tener anualmente un bono de desempeño de hasta diez unidades de desarrollo para aquellos trabajadores con jornada semanal de 44 horas, proporcional a los funcionarios con carga horaria inferior a la señalada.
El bono por desempeño laboral comprenderá los siguientes elementos:
1) Un componente base que coincidirá 6 unidades de desarrollo.
2) Un componente variable que coincidirá Máximo 4 unidades de revelado.
La cantidad del componente variable se basa en el grado en que un “indicador de evaluación general”compuesto por las siguientes variables, a las que se les asigna un porcentaje de cumplimiento:
a) Años de servicio en el sistema.
b) educación escolar.
c) convivencia escolar.
d) Resultados controlados, por Índice de Vulnerabilidad Escolar, del Sistema de Medición de la Calidad Educativa (SIMCE) por institución, teniendo en cuenta el último nivel medido entre los dos años inmediatamente anteriores.
Se asigna un porcentaje de coincidencia a las variables especificadas.
El monto máximo del componente variable se otorgará a los auxiliares pedagógicos que, mediante la suma de las 4 variables señaladas, alcancen el 80% o más del valor del indicador general de evaluación. Si este valor del indicador de evaluación general está por encima del 70% y por debajo del 80%, el componente variable es de 2,8 Unidades de Fomento.
Para los auxiliares docentes que alcancen un valor del indicador de evaluación general mayor al 50% y menor o igual al 70%, el componente variable es de 1.4 Unidades de Fomento. Un valor del indicador de evaluación general menor o igual al 50% no da derecho al titular al componente variable.
Los beneficiarios del bono de desempeño se determinan en el mes de octubre de cada año por decisión de la Secretaría de Estado de Educación, a quien corresponde la administración, concesión y liquidación de los derechos.
Importe del bono de rendimiento 2022
el El valor del bono de desempeño es de aproximadamente $310,000 para auxiliares docentes que alcancen el 80% o más del valor del indicador general de evaluación por la suma de las cuatro variables indicadas. En el caso de personas asistentes a la formación que puntúen menos del 80% pero más del 55% en la suma de las cuatro variables, El bono que reciben es de aproximadamente $272,800. Si el resultado del índice general de evaluación es igual o inferior al 55%, el bono es de aproximadamente $185,950.
Los valores mencionados en el párrafo anterior se determinan sobre la base de una jornada laboral de 44 o 45 horas semanales. Los asistentes pedagógicos a tiempo parcial reciben el bono de desempeño laboral en forma proporcional a la cantidad de horas especificadas en el contrato de trabajo respectivo.
¿Cuándo se pagará el bono por desempeño laboral en 2022?
El bono de desempeño se pagará en dos cuotas, en los meses de diciembre de 2021 y febrero de 2022. Este beneficio no constituye salario ni renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será gravable ni rebajable y no tendrá la consideración de asignaciones económicas regulares mensuales. en el sentido de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 20.595. Está gravada y administrada por el Ministerio de Educación, al que corresponde en particular otorgar y reglamentar los derechos que se derivan de su ejecución, los cuales pueden ser comunicados a los interesados a través de las secretarías regionales o de los departamentos provinciales. del ministerio
Para los auxiliares educativos que laboran en instituciones dependientes de los servicios locales de educación, el pago del bono lo realiza el respectivo servicio local de educación, el cual recibe los fondos correspondientes directamente de la contribución libre de impuestos.
Quienes maliciosamente reciban esta bonificación tendrán que reembolsar en 5 ocasiones el exceso recibido, sin perjuicio de las correspondientes sanciones administrativas y penales que les puedan corresponder.
Más información sobre los beneficios para los profesionales de la educación
Para más información:
Ley 21.209 ESTABLECE UN ESTATUTO PARA LOS AUXILIARES EDUCATIVOS PÚBLICOS